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- TÉRMINOS Y CONDICIONES
Términos y condiciones
- + 5,000 clientes satisfechos en + 15 años.
- + 2,500 asilos aprobados.
- + 87,5% de éxito.
i. Quienes somos. Servicios Migratorios Integrales (en adelante, “SMI”) es una marca que representa a un conglomerado de abogados americanos de inmigración, paralegales, preparadores de forma independientes.
ii. Qué no somos, qué no hacemos. No somos una oficina de abogados, no representamos una asociación y/o sociedad legal de profesionales, no ofrecemos ni recibimos comisiones por referido, no prestamos servicios aglutinados en un mismo contrato.
iii. Servicios ofertados. SMI presta directamente servicios de consultoría no técnica ni vinculante, preparación de formas migratorias, seguimiento de procedimientos legales, soporte, orientación y preparación de actuaciones legales a ser radicadas pro se.
SMI presta indirectamente, a través de abogados independientes, servicios de asesoría técnica vinculante, representación legal en audiencias y trámites legales que no admiten una gestión pro se, seguimiento de procedimientos legales que requieren de un abogado.
iv. Cómo funcionamos. Representado en nuestra política empresarial Pay as yo Go, nuestros clientes cuentan con la opción de contratar a un abogado americano de inmigración desde un inicio, o postergar su retención para cuando realmente lo requiera.
Cuando el cliente decide contratar a un abogado desde el principio, dicho profesional entra en récord desde la presentación de la respectiva petición migratoria, es decir, el abogado radica la acción legal en nombre y representación del cliente. Condiciones tales como el precio del servicio, cuota inicial, planes de financiación, reembolso, entrega de expediente, etc., son acordadas directamente entre el cliente y su abogado. Previo acuerdo entre SMI y el abogado y con el beneplácito del cliente, SMI presta servicios tales como la gestión de paralegalidad, elaboración y suscripción del contrato de retención profesional, el cobro de mensualidades financiadas, soporte al cliente, provisión de tecnología, entre otros.
Por su parte, si el cliente opta por postergar la retención de un abogado para una instancia posterior del proceso, SMI se encarga de preparar el expediente bajo la dirección del propio cliente, quien la radica en nombre propio, ergo, pro se. Bajo esta modalidad, SMI también realiza el seguimiento del caso y asiste al cliente en las mociones y peticiones que éste requiera, siempre bajo el modelo pro se; incluyendo pero no limitado al permiso de trabajo y tarjeta de seguridad social.
En ambas modalidades el cliente contrata los servicios que recibe directamente con su proveedor y bajo sendas condiciones acordadas; en otras palabras, la contratación es dual, independiente y concurrente.
v. Naturaleza jurídica. Servicios Migratorios Integrales LLC (serviciosmigratoriosintegrales.com), es una sociedad incorporada el 09 de Junio de 2024 en el Estado de Delaware, USA, con número EIN 93-1791319, con dirección satélite en 4100 Corporate SQ STE 100 Naples, FL 34104.
vi. No asociación. Para todos los efectos legales, comerciales, y financieros, no existe asociación o alianza alguna entre Servicios Migratorios Integrales LLC y profesionales externos, incluyendo abogados americanos de inmigración, paralegales y demás proveedores de servicios no directamente prestados por SMI.
vii. Identificación legal del proveedor. Con independencia de las partes que suscriban el respectivo contrato de servicios, la consultoría, gestión y trámite de expedientes para radicación sin representación legal son prestados por Servicios Migratorios Integrales LLC sin dirección y/o intervención de un abogado externo.
Los servicios de asesoría y representación legal son prestados exclusivamente por el abogado retenido por el cliente a través de contrato independiente y diferenciado.
viii. Creación del vínculo contractual. El vínculo contractual entre el cliente y Servicios Migratorios Integrales LLC, y entre el cliente y el abogado y/o profesional externo retenido se perfecciona desde el momento en que el cliente es informado de los términos y condiciones del servicio a contratar, se precisa el servicio a prestar, el precio del contrato y el cliente realiza un primer pago, el cuál no necesariamente equivale al monto de la cuota inicial o “downpayment”.
Consecuentemente, las obligaciones y derechos contractuales surgen para las partes sin necesidad de que documento alguno sea firmado; en cuyo caso los términos y condiciones de servicio aquí descritos, las condiciones de política de privacidad, y los fundamentos y principios legales y pertinentes a este tipo de servicios serán aplicables.
Únicamente los términos y condiciones incluidos en un contrato escrito subscrito por las partes tendrán preferencia interpretativa y de aplicación sobre lo establecido en esta página web https://serviciosmigratoriosintegrales.com/terminos-y-condiciones-de-servicio; o los publicados en la página web del proveedor externo contratado si existiese.
ix. Referencia de abogado externo. La referencia a un cliente de un abogado externo la realiza SMI por cortesía y sin que medie acuerdo económico entre SMI y dicho profesional.
Consecuentemente, la contratación que hiciere el cliente de los servicios profesionales del abogado externo la realiza el cliente voluntariamente y a pleno riesgo; permaneciendo SMI indemne respecto de cualquier discrepancia que surja o pudiese surgir entre el cliente y el mencionado profesional externo.
x. Radicación de la petición migratoria. Excepto cuando las partes acuerden por escrito algo diferente, y según aplique al servicio contratado, la radicación de la petición migratoria en nombre del cliente, en tratándose de servicios que incluye representación legal por parte del abogado asignado al caso, se realizará cuando el cliente complete el pago completo del monto acordado como “cuota inicial”, “pago inicial” o “downpayment”.
En relación a los servicios de prestación única, incluyendo pero no limitado a la preparación de la petición de inmigración a ser radicada por el cliente (pro se), será ejecutada por el proveedor previa verificación de la totalidad del precio pactado.
No obstante, las partes pueden acordar un pago inferior al “downpayment” para efectos de iniciar trabajos de preparación y ejecución progresiva del servicio contratado.
La prestación del servicio de preparación de formas, cuando fuese directamente por SMI sin la intermediación de un abogado, se materializa con el envío al cliente del expediente correspondiente para que éste proceda a imprimirlo y enviarlo por correo certificado a la autoridad migratoria competente, previa orientación por parte de SMI. SMI se ofrece, sin costo adicional, a radicar la petición online, cuando fuese posible y mediando autorización expresa por parte del cliente. En cualquier caso, el precio acordado por este tipo de servicios no incluye costos del envío postal certificado.
xi. Legalidad y Ética. SMI opera dentro del marco legal y ético establecido por las leyes migratorias y de ejercicio profesional del abogado y profesionales afines y/o complementarios vigentes en los EE.UU.
Nuestro compromiso con la legalidad y la ética es fundamental para garantizar la integridad de nuestros servicios y la confianza de nuestros clientes.
xii. Confidencialidad. SMI respeta la privacidad y confidencialidad de la información de sus clientes. Toda la información proporcionada será tratada con la máxima discreción y solo se compartirá con terceros cuando sea necesario para cumplir con los requisitos legales pertinentes.
xiii. Transparencia. La transparencia es esencial en nuestra relación con los clientes. Nos comprometemos a proporcionar información veraz y completa sobre los procedimientos, costos asociados y cualquier otro aspecto relevante del servicio migratorio contratado. Nuestro propósito es que nuestros clientes comprendan a plenitud el proceso y tomen decisiones informadas.
xiv. Actualización y formación continua. Nuestro personal se mantiene actualizado sobre los cambios en las leyes migratorias y las políticas gubernamentales de los EE.UU. La formación continua garantiza que estemos equipados para brindar orientación precisa y actualizada a nuestros clientes, así como el prestar un servicio de asesoría y representación legal sólido.
xv. Tiempos de procesamiento. Nos comprometemos a gestionar los procesos migratorios de manera eficiente y eficaz optimizando los tiempos de espera. Comunicaremos de manera oportuna cualquier demora potencial y trabajaremos diligentemente para resolver cualquier contingencia que pueda surgir durante el proceso.
xvi. Retroalimentación y mejora continua. Valoramos la retroalimentación de nuestros clientes y la utilizamos para mejorar constantemente nuestros servicios. Estamos abiertos a sugerencias y críticas constructivas que nos ayuden a mejorar nuestros procesos y ofrecer un servicio migratorio cada vez más eficiente y efectivo.
Al adoptar esta política de servicio, SMI reafirma su compromiso con la excelencia, la integridad y la satisfacción del cliente en la prestación de servicios migratorios.
xvii. Condiciones sobre ciertas actuaciones por parte del proveedor. Excepto cuando las partes acuerden por escrito algo diferente, según aplique al tipo de servicio contratado, las siguientes condiciones serán vinculantes, a saber:
- El permiso de trabajo y social security del cliente será gestionado únicamente cuando el cliente se encuentre al corriente de pagos acorde al esquema de financiación establecido, y el servicio estuviere pagado en monto no inferior al setenta y cinco por ciento (75%).
- El proveedor estará obligado a entregar al cliente credenciales de acceso a su cuenta o membresía en USCIS o equivalente previa verificación del pago del servicio en porcentaje no inferior al sesenta por ciento (60%).
- El proveedor tendrá el derecho de suspender la prestación del servicio cuando el cliente incumpla con los pagos acordados; inclusive si esto acarrea consecuencias negativas en las aspiraciones y expectativas migratorias del cliente.
- SMI no estará obligado a entregar al cliente copia del expediente de su proceso sin previa verificación del pago total del servicio, en tratándose de servicios contratados directamente con SMI sin la intermediación de un abogado externo.
- El abogado externo cuando retenido directamente por el cliente estará obligado a entregar al cliente, independientemente de cualquier consideración de índole financiera, copia del formulario radicado, acuso de radicación, y el permiso de trabajo y tarjeta de seguridad social expedido por la Autoridad de Inmigracion de los EE.UU, en el evento de que dicho abogado hubiese agregado su dirección o la de su despacho en el respectivo formulario. Otros documentos del expediente podrían ser retenidos por el abogado cuando el cliente hubiese pagado menos del ochenta por ciento (80%) del servicio retenido.
- Cuando el servicio lo preste SMI directamente y sin intermediación de un abogado americano, las notificaciones que realice el gobierno de los EE.UU a través de sus oficinas y dependencias de inmigración serán enviadas a la dirección que el cliente le proporcione a SMI. Cualquier cambio de dirección por parte del cliente será responsabilidad suya, asumiendo el costo adicional que implique notificar a la autoridad de inmigración competente sobre dicho cambio.
xviii. Disclaimer. SMI no promete ni puede prometer a sus clientes resultado jurídico alguno por los servicios que presta, directamente o a través de terceros.
Consecuentemente, las Autoridades Migratorias de los EE.UU competentes son discrecionales al decidir sobre las solicitudes, peticiones, derechos, mociones, radicaciones o cualquier otra actuación administrativa y/o judicial ante ellas interpuesta por el cliente en su nombre o con intermediación de un apoderado.
Los plazos legales de actuación y/o respuesta por parte de las autoridades de inmigración de los EE.UU pueden variar caso por caso; por lo cual SMI no asume responsabilidad alguna.
El porcentaje de aprobación en las solicitudes de asilo y/o cualquier otro indicativo estadístico relativo al historial de casos asumidos por SMI y los abogados externos retenidos por sus clientes no son indicativos ni implican promesa alguna del resultado jurídico en actuaciones futuras.
El contenido publicado en la página web www.serviciosmigratoriosintegrales.com, sus redes sociales, y/o pautas publicitarias, aunque real, se ofrece con un carácter meramente informacional y no pretende inducir a clientes actuales o potenciales a anticipar un determinado resultado respecto de sus expectativas y/o intereses migratorios específicos.
xix. Contenido publicado por terceros. SMI advierte que únicamente asume responsabilidad legal por el contenido informacional publicado en la página web www.serviciosmigratoriosintegrales.com, en sus cuentas oficiales y autorizadas de redes sociales, la suministrada a través de emails corporativos con el sufijo “@serviciosmigratoriosintegrales.com”, telefónicamente y/o vía WhatsApp desde números de teléfono desplegados en su página web y/o expresamente autorizado por algún medio oficial y vinculante de la empresa.
Consecuentemente, SMI no es responsable por información divulgada por abogados y demás profesionales externos retenidos directamente por sus clientes, seguidores, afiliados, colaboradores no vinculados contractualmente a SMI de manera permanente y/o directamente supervisados, o cualquier otra persona que la menciona directamente y/o a sus servicios en sus plataformas de redes sociales y/o cualquier otro medio de comunicación digital, audiovisual o escrito.
xx. Responsabilidad asumida por terceros proveedores. SMI recomienda a sus clientes revisar atentamente los Términos y Condiciones del Servicio, Política de Privacidad, políticas profesionales y empresariales, régimen de responsabilidad civil y profesional, seguros de responsabilidad profesional, condiciones de financiación, y demás información relevante cuando contraten servicios directamente con terceros proveedores externos a SMI.
Consecuentemente, SMI no asume responsabilidad alguna por servicios provistos por terceros externos, retenidos directa o indirectamente por sus clientes.
xxi. Transparencia y probidad. SMI insta a sus clientes a mantener un elevado nivel de honestidad, probidad, rectitud y transparencia en la información, declaración, testimonios, y demás evidencia probatoria que aporten, tramiten, gestionen y/o construyan, directamente o por intermedio de apoderado, en sus procesos, peticiones y/o actuaciones orientadas a obtener un alivio, derecho y/o prerrogativa ante autoridades migratorias de los EE.UU.
SMI no acepta, tolera, auspicia, sugiere y/o induce a sus clientes a mentir, falsificar, inventar, tergiversar, y/o manipular declaraciones, testimonios y/o cualquier otra información y/o elemento probatorio en sus procesos, peticiones y/o actuaciones ante autoridades migratorias de los EE.UU.
xxii. Cambio en ley y/o política migratoria. El Gobierno y Congreso de los EE.UU son discrecionales en el diseño, aprobación y ejecución de leyes, regulaciones, y políticas de inmigración; respecto de las cuales SMI no asume responsabilidad alguna.
xxiii. Tasas / fees. El gobierno de los EEUU es discrecional en la determinación, cuantificación e implementación del cobro de tasas (fees) administrativas, judiciales o de cualquier otra índole; cuyo pago es siempre responsabilidad exclusiva del cliente.
xxiv. Condiciones sobre la financiación del servicio. En relación a servicios directamente provistos por SMI , cuando aplique, la financiación del servicio, modalidades de pago, monto de las cuotas mensuales, cuentas bancarias beneficiarias de los pagos, y acuerdos de renegociación en las condiciones de financiación será determinado exclusivamente por SMI.
Para todos los efectos legales y financieros, cualquier información sobre aspectos mencionados en el párrafo anterior serán comunicados a través del email corporativo gerencia@serviciosmigratoriosintegrales.com
SMI LLC es libre de financiar los servicios legales prestados por ella misma, directamente o a través de un tercero, previa valoración del tipo de servicio y las particularidades del solicitante de dicha financiación.
Respecto de servicios contratados por el cliente directamente con un tercero proveedor externo a SMI, la posibilidad de financiación del servicio, modalidades de pago y condiciones afines serán acordados directamente entre el cliente y dicho tercero.
xxv. Cumplimiento en el pago de las mensualidades financiadas. El cliente cuyo servicio ha sido financiado no podrá legítimamente suspender temporal o definitivamente el pago de las mensualidades acordadas, alegando la ocurrencia de una o varias de las siguientes circunstancias, a saber:
- Vencimiento en el plazo de presentación y/o radicación de su petición y/o solicitud migratoria sí el cliente hubiese obrado con negligencia en la preparación de su caso, incluyendo pero no limitado a su incumplimiento en las reuniones de trabajo agendadas, y/o la no aportación de material probatorio previamente requerido.
- Incumplimiento, por parte de autoridades de inmigración de los EE.UU, de plazos legales de respuesta a gestiones, trámites, mociones y/o requerimientos presentados y/o radicados ante ellas.
- El sentido desfavorable en las decisiones tomadas por parte de autoridades de inmigración de los EE.UU como respuesta a gestiones, trámites, mociones y/o requerimientos ante ellas presentados y/o radicados.
- El cobro de tasas legales o “fees” por parte de autoridades de inmigración de los EE.UU, inclusive cuando dicho cobro resultase aparentemente contradictorio con regulaciones y/o normativas vigentes sobre inmigración, o fuese el resultado de un error aparente o presunto de dichas autoridades.
- La no respuesta por parte del proveedor a intentos de comunicación y/o requerimientos por parte del cliente, cuando éste no hubiese manifestado su urgencia y/o no afectase y/o pudiese afectar el buen devenir del proceso y/o petición migratoria subyacente.
xxvi. Normalización de la situación de impago. Ante la ocurrencia de cualquier circunstancia que le impida al cliente, de manera puntual, no reiterada ni permanentemente pagar las mensuales acordadas en el esquema de financiación concedido por SMI, deberá comunicarlo por escrito a algunas de las siguientes direcciones de correo electrónico:
gerencia@serviciosmigratoriosintegrales.com
admin@serviciosmigratoriosintegrales.com
En dicha comunicación el cliente explicará genéricamente la(s) circunstancia(s) que motivaron el impago, y propondrá un nuevo plazo y/o modalidades de pago orientadas a la normalización en el cumplimiento de sus obligaciones financieras a favor de SMI.
SMI procederá a comunicarse con el cliente y llegar a un acuerdo satisfactorio para ambas partes.
xxvii. Terminación unilateral del contrato por impago injustificado. SMI se reserva el derecho de terminación unilateral del contrato y la no prestación / no continuación en la prestación del servicio contratado cuando el cliente incumpla de manera injustificada con el pago de las mensualidades acordadas bajo el esquema de financiación concedido según aplique; y en los términos y condiciones contemplados en la versión escrita del respectivo contrato de prestación de servicios.
Ante la eventualidad de terminación unilateral del contrato, SMI no será legal ni patrimonialmente responsable ante el cliente por perjuicio alguno a éste infligido.
xxviii. Otras causales de terminación unilateral y justificada de los servicios contratados. SMI podrá terminar unilateral y justificadamente cualquier vínculo contractual y/o comercial con el cliente, sin estar obligado a reembolsar por el dinero que previamente hubiese recibido, cuando el cliente:
- Salga de los EE.UU no estando autorizado para ello por parte de las autoridades migratorias americanas.
- Cometa un delito y/o falta grave de conducta dentro del territorio de los EE.UU que afecte o pueda afectar su situación migratoria, y fuese investigado y/o procesado por ello.
- Hubiese mentido en la información que suministrada.
- Hubiese falsificado evidencia y/o documentación que aporte a su proceso.
- Solicitase a otro profesional para prestarle los mismos servicios contratados a SMI LLC.
- Inconsultamente, inicie alguna actuación judicial y/o administrativa a nombre propio que pudiese afectar su estatus migratorio y/o los servicios que le presta SMI LLC.
- No acuda a los llamados y/o citaciones, presenciales y/o virtuales provenientes de autoridades migratorias de los EE.UU.
- Se removiera el grillete y/o perdiera su teléfono móvil y/o cualquier medio empleado para mantener comunicación y/o ser contactados por las autoridades de inmigración de los EE.UU.
En los eventos aquí descritos SMI no estará obligada a:
- Reembolsar al cliente por el dinero hasta entonces pagado.
- Entregar material de trabajo y/o expediente del proceso.
En los eventos aquí descritos el cliente continuará obligado a terminar de pagar los montos adeudados por el servicio terminado, sin excepción.
xxix. Recolección de cartera vencida por un tercero proveedor. SMI se reserva el derecho de contratar a un tercero recolector de cartera vencida para que inicie el procedimiento de cobranza de la deuda, incluyendo la posibilidad de demandar, directa o por interpuesta persona al cliente en estado de impago.
xxx. Reembolso. SMI estará obligado a reembolsar al cliente, parcial o totalmente cuando:
- Sea incapaz de proveer el servicio de prestación directa contratado.
- No pueda asignar a un profesional sustituto al cliente respecto de servicios de prestación indirecta a través de un profesional externo vinculado al conglomerado.
- El servicio prestado sea insuficiente o incumpla con las expectativas de calidad del cliente siempre y cuando afecte ostensible e inmediatamente los intereses y expectativas migratorias de éste.
SMI es discrecional en decidir el momento en que resulta más conveniente prestar el servicio contratado, velando siempre por garantizar los intereses y expectativas migratorias del cliente.
SMI estará obligado a asignar una única vez a un profesional externo vinculado al conglomerado cuando dicho servicio fuese contratado. Los sobrecostos de cualquier reemplazo o sustitución de dicho profesional asignado, sea cual fuese el motivo de dicha sustitución, correrán por cuenta exclusiva del cliente.
SMI no estará obligado a reembolsar ni compensar al cliente en cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Fuerza mayor o caso fortuito que impida, parcial o totalmente, temporal o permanentemente, cumplir con sus obligaciones contractuales.
- Culpa exclusiva de cliente que impida, parcial o totalmente, temporal o permanentemente, cumplir con sus obligaciones contractuales.
- Culpa exclusiva del profesional externo pero vinculado a su conglomerado asignado a un cliente que impida, parcial o totalmente, temporal o permanentemente, cumplir con sus obligaciones contractuales.
xxxi. Obligaciones del cliente y disclaimer. El cliente solicitante de el/los servicio(s) ofertados por SMI entiende y acepta que la prestación satisfactoria del mismo depende de factores tales como:
- La veracidad, precisión y corrección de la información por él proporcionada.
- La gravedad y/o complejidad de los hechos que motivan la respectiva petición, solicitud y/o radicación de índole migratorio.
- La consistencia, solidez y/o coherencia de los hechos narrados.
- Las pruebas y/o evidencias recopiladas por el cliente y aportadas a su expediente.
- Su disponibilidad y colaboración en la preparación de su caso.
- La prontitud con que acuda al llamado y a los requerimientos formulados por personal contratado por SMI, un tercero proveedor, etc. asignado y/o referenciado a su caso.
- Cuando aplique, su comportamiento durante las audiencias y/o citaciones ante la correspondiente autoridad migratoria de los EE.UU.
- Cuando aplique, su comportamiento personal, familiar y/o social.
- Su nivel de observancia y respeto a las instrucciones, órdenes y peticiones provenientes de un oficial y/o autoridad de migración de los EE.UU.
- La discrecionalidad de la autoridad de inmigración que decida sobre la petición, radicación, y/o solicitud correspondiente elevada por el cliente directamente, o por un tercero que lo represente cuando aplique.
- Su cumplimiento en los pagos acordados con SMI por los servicios contratados con ella directamente.
xxxii. Servicios prestados por SMI. Los servicios contratados por el cliente con SMI directamente, es decir, cuando no se requiera de la asesoría y/o representación legal por parte de un abogado americano en ejercicio serán provistos por SMI. Dichos servicios pueden consistir en:
- Preparar las formas migratorias correspondientes, con la dirección y supervisión del cliente.
- Orientar y sustentar su caso, incluyendo pero no limitado a la declaración, evidencias, testimonios, y demás documentos probatorios necesarios, con la dirección y supervisión del cliente.
- Instruir al cliente en el procedimiento para radicar las acciones, mociones, y demás trámites migratorios.
- Hacer el seguimiento del proceso.
- Determinar y verificar los plazos aplicables.
- Interponer, en nombre propio, las mociones, acciones, recursos y demás iniciativas encaminadas a dar curso legal eficiente y pronto a su caso.
En los servicios aquí descritos, es el propio cliente quien debe someter, presentar y/o radicar las formas, mociones, acciones y/o recursos migratorios de su pretensión y/o causa legal, salvo cuando la Ley de Migración de los EE.UU exigiera la representación por parte de un abogado licenciado americano; en cuyo caso, si el cliente lo desea, podría contratar servicios adicionales ofertados por indirectamente por SMI.
SMI se reserva el derecho de subcontratar, en nombre del cliente y/o por iniciativa propia, la ejecución de los servicios contratados y descritos en este numeral por dicho cliente, en terceros profesionales y/o conocedores de trámites migratorios, con quien el cliente podría no tener contacto y/o acceso.
xxxiii. Servicios de asesoría y representación legal. Los servicios de asesoría y representación legal en asuntos de Derecho de Inmigración de los EE.UU son prestados directa y exclusivamente por el abogado referenciado por SMI y retenido directamente por el cliente.
xxxiv. Terminación del contrato por parte del cliente. El cliente podrá libremente y en cualquier momento suspender y/o terminar el contrato de prestación de servicios que le vincula a SMI. Para ello deberá enviar un mensaje electrónico a la dirección de correo gerencia@serviciosmigratoriosintegrales.com, en el cual incluya la fecha a partir de la cual desea que SMI no continúe prestando los servicios solicitados.
xxxv. No acumulabilidad de promociones. Las ofertas y promociones estacionales, temáticas y/o permanentes no son acumulables entre sí. Corresponde al cliente escoger la promoción que le resulta más atractiva o conveniente entre las vigentes al momento de su elección. Salvo que SMI publique otra cosa en su página web y/o redes sociales oficiales, las promociones y/o ofertas carecen de efectos retroactivos o retrospectivos
No obstante, el cliente deberá abonar a SMI los costos en que ésta hubiese incurrido en la ejecución del servicio y que no hubiesen sido cubiertos. SMI analizará la situación caso por caso.
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